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Servicio de bonificación de la formación:

Eserveis


TODAS LAS EMPRESAS disponen de un CRÉDITO para invertir en la formación de SUS TRABAJADORES (TODAS LAS EMPRESAS disponen de un CRÉDITO para invertir en la formación de SUS TRABAJADORES (excluidos autónomos).).

Una vez realizada la formación, el gasto será deducido mediante las cotizaciones a la Seguridad Social. El organismo encargado de la gestión de la bonificación es la Fundación Tripartita para la Formación en el empleo.

¿Qué formación se puede BONIFICAR?

Se pueden bonificar los cursos presenciales, in company y on line sólo para trabajadores contratados en régimen general.

¿Como se puede BONIFICAR?

Esta formación se BONIFICA mediante los Seguros Sociales, siempre y cuando se hagan las TRAMITACIONES oportunas a la "Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo". (10 días antes del inicio del curso).

¿Que os podemos ofrecer desde ESEC?

Colaboración a la hora de organizar la formación "a medida", buscamos los docentes más apropiados para los planes de formación internos, preparamos toda la documentación administrativa, evaluamos la formación y comunicamos las notificaciones de inicio y final de las acciones formativas para obtener la bonificación correspondiente.



Módulos económicos máximos (MEM)

- Formación presencial: 13 €; / h por alumno.
- Formación on line: 7,5 €; / h por alumno.


Cálculo del crédito de la empresa:

Este crédito varía según la cantidad ingresada, el año anterior, por la empresa en concepto de formación profesional de sus trabajadores y de la plantilla de la empresa:
- Empresas de 1 a 5 trabajadores: el 100% de la cantidad cotizada, con un mínimo de 420 €; al año.
- De 6 a 9 trabajadores: 100% de la cantidad cotizada.
- De 10 a 49 trabajadores: 75% de la cantidad cotizada.
- De 50 a 249 trabajadores: 60% de la cantidad cotizada.
- Más de 250 trabajadores: 50% de la cantidad cotizada.
Este CRÉDITO caduca el 31 de diciembre.


Cómo gestionar el crédito:

La gestión administrativa de estas bonificaciones, se puede llevar a cabo de forma individual o bien a través de ESEC. Para gestionar la formación de este nuevo sistema, ESEC facturará a las empresas, en concepto de gastos de organización, hasta un 12% del importe máximo que es bonifica la empresa.

En caso de que quiera que ESEC le haga la gestión del SU CRÉDITO BONIFICABLE:
- Es necesario que cumplimente el anexo I (datos identificativos de la empresa)
- Firmar la adhesión al "Contrato de encomienda de la organizaciones de la formación".
Esta documentación es necesario que la avancen escaneada y firmada por correo electrónico a esec@esec.cat, así podremos comunicar de qué crédito dispone.



Documentos necesarios:

- Anexo I (datos identificativos de la empresa).
- Adhesión al contrato de encomienda para la formación.
- Contrato de encomienda para la formación.








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